Modelo 720: declaración de bienes en el extranjero

Modelo 720: declaración de bienes en el extranjero
Bienes inmuebles en el extranjero y obligación de declararlos

¿Qué es el modelo 720 y para qué sirve?

El modelo 720 es una declaración informativa destinada a comunicar a Hacienda determinados bienes y derechos situados en el extranjero. No es una autoliquidación como ocurre con otros modelos tributarios, sino una obligación de información ante la Agencia Tributaria.

Su finalidad es informar a la Administración tributaria sobre determinados activos situados fuera de España cuando concurren los requisitos previstos para ello. Conviene tener en cuenta, además, que la propia AEAT advierte que en el modelo 720 no se informa de monedas virtuales, ya que esa obligación informativa se canaliza por otra vía distinta.

Declaración informativa sobre bienes
y derechos en el extranjero

El modelo 720 sirve para declarar determinadas categorías de bienes y derechos situados en el extranjero cuando existe obligación de informar sobre ellos. Se trata de una obligación de carácter informativo y su correcta revisión resulta especialmente importante en contextos fiscales complejos.

Obligación de informar a Hacienda

La presentación de este modelo permite comunicar a la AEAT la existencia de determinados bienes en el extranjero dentro de las categorías previstas por la normativa. Por eso, antes de presentarlo conviene revisar bien la titularidad, el tipo de activo y la documentación disponible.

¿Quién debe presentar
el modelo 720?

El modelo 720 puede afectar a distintos obligados tributarios cuando concurren las circunstancias previstas en la normativa. La propia AEAT dispone de un apartado específico de preguntas frecuentes sobre contribuyentes obligados a declarar, lo que pone de relieve la importancia de revisar cada caso concreto antes de decidir si existe o no obligación.

Personas físicas y jurídicas obligadas a declarar

La obligación puede afectar tanto a personas físicas como a personas jurídicas u otros obligados tributarios, según su situación concreta y el tipo de bienes o derechos de que se trate. Es importante revisar cada caso con detalle antes de presentar la declaración.

Cuándo existe obligación de presentar el modelo 720

La existencia de obligación depende del tipo de activo, de su titularidad y de los requisitos previstos para la declaración informativa. Por eso, no conviene basarse en criterios genéricos sin revisar la situación concreta.

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¿Qué bienes se declaran en el modelo 720?

La AEAT indica que el modelo 720 articula tres obligaciones de información contenidas en los artículos 42 bis, 42 ter y 54 bis del Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria. En la práctica, esto se traduce en tres grandes bloques de información: cuentas en entidades financieras situadas en el extranjero, determinados valores/seguros/rentas y bienes inmuebles o derechos sobre inmuebles situados fuera de España.

Cuentas en entidades financieras situadas en el extranjero

Uno de los bloques habituales del modelo 720 es el relacionado con cuentas en entidades financieras situadas fuera de España. Antes de declarar este tipo de activos conviene revisar la titularidad, la posición del declarante respecto de la cuenta y la información bancaria disponible.

Valores, seguros y rentas depositados o gestionados fuera de España

Otro de los bloques se refiere a determinados valores, derechos, seguros o rentas situados o gestionados en el extranjero. Se trata de una categoría que requiere especial cuidado a la hora de identificar correctamente qué activos deben incluirse.

Bienes inmuebles y derechos sobre inmuebles en el extranjero

También deben revisarse, en su caso, los bienes inmuebles situados fuera de España y los derechos que recaigan sobre ellos, siempre dentro de la obligación de información que corresponda según la normativa aplicable.

Errores frecuentes al presentar el modelo 720

El modelo 720 exige una revisión especialmente cuidadosa, ya que afecta a información patrimonial situada en el extranjero y puede plantear dudas relevantes sobre la obligación de declarar y sobre qué bienes deben incluirse.

No revisar correctamente los bienes obligados a declarar

Un error frecuente es no analizar bien el tipo de bien o derecho que debe incluirse y el bloque al que pertenece dentro del modelo. Esto puede llevar a omisiones o a una declaración mal planteada desde el inicio.

Omitir información o declarar datos incompletos

También puede haber errores por falta de documentación suficiente o por comunicar información incompleta, lo que dificulta la correcta presentación de la declaración.

Presentar el modelo sin revisar la documentación

Intentar presentar el modelo 720 sin una revisión previa suficiente aumenta el riesgo de incidencias, especialmente cuando existen varios bienes o situaciones complejas de titularidad.

Consecuencias de no presentar correctamente el modelo 720

No revisar adecuadamente esta obligación o presentar la declaración con errores puede derivar en requerimientos, regularizaciones o revisiones posteriores por parte de la Administración tributaria. Por eso se trata de una materia que conviene abordar con especial cuidado.

Además, el modelo 720 ha sido objeto de modificaciones normativas relevantes en los últimos años, por lo que resulta todavía más importante revisar cada caso con criterios actualizados y basarse en la información oficial vigente. La propia AEAT remite en la ficha del procedimiento a la orden ministerial y su modificación publicada en BOE en octubre de 2023.

Importancia de cumplir con la obligación informativa

Cuando existe obligación de presentar el modelo 720, lo recomendable es revisar correctamente la información y cumplir con la obligación en plazo para evitar incidencias posteriores.

Riesgo de requerimientos y regularizaciones

La falta de revisión adecuada puede dar lugar a actuaciones posteriores de comprobación o a la necesidad de regularizar la situación si la información comunicada no es correcta.

Gráfico financiero en pantalla relacionado con las consecuencias de no presentar el modelo 720

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